¿Haces operaciones en dólares? ¿Importas y tienes pérdida cambiaria al vender? La solución son los contratos de «forward».
Read More 0Nuestra legislación nos señala diferentes regímenes fiscales, en el caso de los transportistas, estos se pueden ubicar actualmente en cinco: El Régimen General de Personas Morales, el Régimen de Coordinados, El Régimen Opcional para Grupos de Sociedades (antes Consolidación), como Personas Físicas con Actividades Empresariales y finalmente dentro del Régimen de Incorporación Fiscal; sin embargo, en este texto haremos énfasis en las dos primeras, que son las más comunes y las que mayores beneficios otorgan.
Read More 0Por regla general todo ingreso que obtenga una persona, está sujeto al pago de impuestos. Para eso, el ingreso debe de ser acumulable, y es la propia Ley del Impuesto sobre la Renta que específica en que casos los ingresos son considerados como no acumulables, y por lo mismo no se encuentran sujetos al pago del impuesto sobre la renta (ISR).
Read More 0Probablemente hayan escuchado el término de la «deducción ciega», pero no saben exactamente su significado. Es una modalidad del régimen fiscal dentro del Título IV (Personas Físicas), Capítulo III (De los Ingresos por Arrendamiento y En General Por Otorgar), el cual permite dos tipos de deducciones, en donde se puede optar por determinar el impuesto sobre la renta como los demás regímenes (más limitado), es decir, deducir los gastos propios de su actividad o puede elegir la deducción ciega; sin embargo, no podrán utilizarse ambas de manera simultánea, sino que debe de elegirse una.
Read More 0Una de las crisis para las empresas es la reducción o el lento ingreso del flujo de efectivo; esta situación se presenta, entre otras, por las dificultades en la recuperación de sus cuentas por cobrar (créditos incobrables), generando a su vez, un fuerte impacto en la situación financiera.
Read More 0Es común que las empresas otorguen a sus empleados o prestadores de servicios gastos de viajes o viáticos, los cuales se definen como: aquellos recursos monetarios, que son asignados a personas que llevan a cabo un viaje o traslado de un punto diferente del lugar donde habitualmente trabajen. Dichos recursos que otorgan las empresas para alimentación, hospedaje, transporte, uso o goce temporal de automóviles sí son deducibles, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos y se atengan a sus limitantes.
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