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¿Soy responsable solidario de los pagos de seguridad social en el IMSS?

¿Soy responsable solidario de los pagos de seguridad social en el IMSS?

Cuando  se es propietario de una obra  en construcción y/o remodelación,  el Seguro Social presume  que los  propietarios de las mismas son quienes directamente contratan a los trabajadores y salvo  pacto en contrario;  son considerados patrones para los efectos del Instituto Mexicano del Seguro Social.

¿Cómo reducir el riesgo de ser considerado patrón?

Debe de celebrarse uno de los siguientes contratos, entre el propietario del inmueble y el constructor que presta sus servicios:

1. Contrato de obra.

2. Contrato de obra a precio alzado.

3. Contrato de costos unitarios. 

Aunado a lo anterior, el contratista debe dar aviso al IMSS, que será responsable directo de cumplir con las obligaciones de seguridad social en torno a dicha obra.

 

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