El 1 de junio de 2026, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió los amparos en revisión 7469/2024 y 4006/2025, en los que discutió la constitucionalidad de las disposiciones civiles que establecen el uso de la UMA y del Salario Mínimo para la determinación de indemnizaciones.
En la sentencia recaída en el expediente 7469/2024 se resolvió un caso en el que se reclamaba una indemnización por la muerte de un familiar en un accidente de tránsito. En dicho asunto, se analizaron las disposiciones para la reparación del daño previstas en el Código Civil Federal las cuales remiten para su cuantificación a la Ley Federal del Trabajo y se determinó que la indemnización debía cuantificarse en UMA por así haberse establecido en la legislación aplicable, evitando así un cobro excesivo, lo que se traduce en una reducción de costos para los seguros de responsabilidad civil.
Por otro lado, la sentencia dictada en el amparo en revisión 4006/2025 resolvió un asunto relacionado con el fallecimiento de un hombre tras la práctica médica negligente de una biopsia. Sus familiares reclamaron la indemnización como pensión por fallecimiento conforme al Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos, sin embargo, al no haberse determinado el salario de la víctima, se estableció que el cálculo debía realizarse tomando como base mínima el salario mínimo legal, al encontrarse así previsto en dicho código estatal.
En conclusión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que dependiendo de la legislación aplicable tanto la UMA como el salario mínimo pueden emplearse para calcular indemnizaciones, en casos de fallecimiento siempre que ello no impida alcanzar una reparación integral en favor de la víctima y sus familiares, siendo obligación de las personas juzgadoras analizar las circunstancias particulares de cada caso para garantizar una reparación adecuada e individualizada.