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Programa de Regularización 2025 para Pequeños Contribuyentes

Programa de Regularización 2025 para Pequeños Contribuyentes

El 14 de enero de 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través del comunicado 02/2025, ofreció un estímulo para facilitar la regularización fiscal de pequeños contribuyentes. Se consideran pequeños contribuyentes aquellos cuyos ingresos no superen los 35 millones de pesos al año. Este estímulo está establecido en la Ley de Ingresos de la Federación para 2025.

Este incentivo otorga un descuento del 100% en multas, incluidas aquellas con agravantes, recargos y gastos de ejecución. Sin embargo, no aplica al importe total de las contribuciones o cuotas compensatorias. Este beneficio será aplicable para los contribuyentes que se encuentren en alguno de los siguientes cuatro supuestos y cumplan con las condiciones señaladas:

A) Contribuyentes con contribuciones omitidas actualizadas:
Aquellos que, antes de que se ejerzan facultades de comprobación, soliciten su línea de captura y presenten un caso de aclaración en el portal del SAT podrán acceder a este estímulo.

B) Contribuyentes sujetos a facultades de comprobación:
Si el contribuyente se autocorrige respecto a las irregularidades detectadas por la autoridad dentro del plazo establecido en el procedimiento, podrá aplicar el descuento en las multas una vez que se emita la resolución que determine las contribuciones omitidas.

C) Contribuyentes con crédito fiscal a cargo y pago autorizado en plazos:
Los contribuyentes que, al 1 de enero de 2025, posean un saldo pendiente de pago podrán acceder al descuento siempre que liquiden el monto en una sola exhibición. Esto se podrá realizar mediante una aclaración en el portal del SAT o acudiendo a las oficinas del SAT para obtener la línea de captura con el descuento aplicado.

D) Contribuyentes con créditos fiscales firmes a cargo:
Aquellos con créditos fiscales firmes, que no estén en proceso de impugnación o que se desistan de algún medio de defensa, podrán solicitar el descuento mediante una aclaración en el portal del SAT o directamente en las oficinas del SAT. Además, podrán optar por realizar el pago en hasta 6 parcialidades, siempre que no se encuentren en concurso mercantil o quiebra. El pago deberá efectuarse en tiempo y forma; de lo contrario, la autoridad requerirá el pago completo sin descuento.

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