Declaración Informativa Múltiple para 2016.
La reforma fiscal de 2014 trajo consigo un sin número de disposiciones que impactaron de manera directa en el patrimonio de los contribuyentes; sin embargo, una de las cuestiones que se pueden rescatar es la eliminación de generar la DIM hasta el ejercicio del 2016, en febrero de 2017.
El artículo noveno transitorio, fracción X de las disposiciones transitorias de la Ley del ISR 2014, establece lo siguiente: “para los efectos de la obligación de presentar las declaraciones informativas y constancias (…) se deberá de cumplir con dicha obligación en los términos de esa Ley, a partir del 1 de enero de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2016”.
De tal manera que, este año será el último en que las personas físicas y morales obligadas a presentar la declaración lo realizarán, puesto que, a partir del ejercicio de 2017, la información que se entrega a la autoridad mediante la DIM, se generará directamente al expedir al CFDI.
Aunado a lo anterior, se implementa para los comprobantes “el complemento de recibo de pago de nómina” con lo cual se incorporará toda la información que anteriormente se enviaba a la autoridad fiscal mediante el anexo 1 de la DIM.
Así pues, se tiene como fecha límite el 15 de febrero del presente año para presentar la DIM y no ser sujetos a multas o rechazo de deducciones por parte de la autoridad. ¡A cumplir con las obligaciones fiscales!