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Criterios contables especiales emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores ante la contingencia por el COVID-19

Criterios contables especiales emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores ante la contingencia por el COVID-19

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) en solidaridad a la crisis económica a la que se enfrenta la población mexicana por motivo de la emergencia sanitaria por el virus COVID-19, ha emitido una serie de criterios contables especiales aplicable a las Instituciones de Crédito, SOFIPOS, SOCAPS y Uniones de Crédito, con el fin de mitigar los daños económicos y continuar con el flujo del financiamiento.

En términos generales, la CNBV emitió estos criterios para que las Instituciones de Financiamiento los usaran temporalmente en beneficio de la población para:

  1. Diferimiento parcial o total de pagos de capital y/o intereses;
  2. Renovación, refinanciamiento o restructuración de créditos, extendiendo el plazo de vencimiento hasta por seis meses;
  3. Los créditos no serán reportados como cartera vencida ante las sociedades de información crediticia;
  4. Estas Instituciones Financieras podrán ofrecer a sus acreditadas quitas, condonaciones, bonificaciones, descuentos al importe del crédito, entre otros.

Estos beneficios serán aplicables a los créditos de consumo, vivienda, comerciales y agropecuarios, créditos con garantía hipotecaria, crédito automotriz, créditos personales, créditos de nomina, tarjetas de crédito, entre otros.

Estas disposiciones emitidas por la CNBV van dirigido a las personas físicas con actividad empresarias y personas morales.

Para más información sobre los criterios contables especiales, acuda al siguiente link: https://www.gob.mx/cnbv/articulos/criterios-contables-especiales?idiom=es

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