Derivado del proyecto de reforma para el ejercicio fiscal 2022, en donde se propone la eliminación de la fracción III del artículo 74 de la Ley del ISR, la cual ampara ell Régimen fiscal de las Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras también conocido como sector primario o como AGAPES.
El nuevo régimen que entrara en vigor el 1 de enero del año 2022, lo que propone es un régimen de tributación basado en la confianza, cuyo objeto es la simplificación de obligaciones contables para las personas físicas, en este caso con actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, otorgándoles facilidades administrativas y tasas bajas de ISR de entre 1% y 2.5%, podrán optar por pagar el impuesto de ISR siempre que la totalidad de los ingresos propios de las actividades no se exceda de $3,500,00.00, y considerando que los contribuyentes que migren al nuevo régimen puedan contar con acreditamientos y deducciones pendientes de aplicar, así como con saldos a favor.
Con la entrada de este nuevo régimen la fracción III es la que estará sufriendo las modificaciones, ya que se deroga la posibilidad de tributar conforme articulo 74 LISR, esto quiere decir que las personas físicas ya no van a poder pertenecer a este régimen del sector primario del Capítulo VIII de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
¿Qué es lo que ocurrirá con estas personas físicas del sector primario?
Migrarán al nuevo Régimen Simplificado de Confianza, y, por lo tanto, deberán pagar el impuesto sobre la renta en los términos de este nuevo esquema de tributación.
Esto quiere decir que aquellas personas físicas con actividades del sector primario podrán tributar bajo este régimen, obteniendo así ingresos exentos hasta por la cantidad de 900 mil pesos durante el ejercicio fiscal, por el excedente pagarán el impuesto conforme al régimen fiscal.
En los casos donde el ingreso sea superior a 3.5 millones de pesos, deberán tributar bajo el régimen de personas físicas con actividad empresarial, quedando así sin estímulos o beneficios fiscales.
Ejemplo:
RÉGIMEN | Régimen Simplificado de Confianza (entra en vigor 2022). | Régimen de Persona Física con Actividad Profesional (a existía). | Régimen AGAPES (Actividades agrícolas, agropecuarias, ganaderas, silvícolas o pesqueras). |
Ingresos | $100,000.00 | $100,000.00 | $100,000.00 |
Deducciones | No le aplica | $40,000.00 | $40,000.00 |
Utilidad | $100,000.00 | $60,000.00 | $60,000.00 |
Límite Inferior | $58,922.17 | ||
Excedente de Límite Inferior | No le aplica | $1,077.83 | |
Tasa | 2% | 6.40% | |
Impuesto Marginal | No le aplica | $68.98112 | |
Cuenta fija | No le aplica | $3,460.01 | |
IMPORTE DE ISR | $2,000.00 | $3,528.99 | No paga impuestos de sus ingresos, se consideran exentos. |
En conclusión, la mayoría de estas personas físicas dedicadas a las actividades primarias no pagaban el impuesto sobre la renta por los ingresos provenientes de dichas actividades, puesto que la ley les otorgaba diversos beneficios fiscales. Es importante señalar que para determinar si la entrada en vigor de este régimen fiscal es benéfica o no, se deberá atender a las características de cada contribuyente.
En COEL Abogados & COEF Contadores, nos encontramos en constante capacitación ante los diversos cambios fiscales y normativos de los regímenes fiscales para 2022.