El pasado 06 de noviembre de 2024 bajo el Comunicado 060/2024 el Servicio de Administración Tributario informó que el 01 de noviembre del año en curso envió más de 9 mil cartas a sujetos obligados con actividades consideradas vulnerables. Estas cartas tienen la intención de informar a estos sujetos que deben cumplir con sus obligaciones, mismas que pueden derivar de multas significativas a sus negocios o revocar sus licencias o permisos operativos.
¿Qué son las Actividades Vulnerables?
Las actividades vulnerables son un conjunto de actividades que bajo la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), pueden ser definidas como aquellas que por su naturaleza o características son susceptibles de ser utilizadas por sus clientes o usuarios para llevar a cabo actos u operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Para cada una de estas actividades u operaciones existen distintas obligaciones que deben ser identificadas y reportadas bajo “Avisos” ante la Secretaría de Hacienda en los momentos en que los montos adquiridos superen ciertos umbrales, mismos que son expresados sobre el Salario mínimo.
Estas Actividades Vulnerables estarán obligadas a reportar o dar aviso según se indica a continuación:
- JUEGOS Y SORTEOS: Operaciones con venta de boletas o entrega de premios que tengan un valor igual o superior de 325 veces el salario mínimo deben ser identificadas y aquellas que superen las 645 deben ser reportadas a la Secretaria de Hacienda.
- PRESTAMOS O MUTUOS NO FINANCIEROS: Si el valor de la operación es igual o superior a 1,605 veces el salario mínimo, requerirá dar aviso.
- INTERMEDIACIÓN DE BIENES INMUEBLES: Las operaciones de compra y venta de inmuebles con un valor igual o superior a 8,025 veces el salario mínimo deben reportarse.
- COMERCIALIZACIÓN DE JOYAS Y RELOJES O METALES PRECIOSOS: Se deben reportar cuando el valor de operación sea igual o superior a 805 veces el salario mínimo, con umbrales especiales para operaciones en efectivo.
- VENTA DE VEHÍCULOS: Las transacciones que superen las 6,420 veces el salario mínimo requerirán dar aviso a la secretaria de Hacienda.
- DERECHO DE USO DE INMUEBLES: El aviso deberá ser presentado si el valor mensual de estos derechos es igual o superior a 3,210 veces el salario mínimo.
Sobre la información antes mencionada sobre las obligaciones que tienen algunas de estas “Actividades Vulnerables”, tienen por objeto principal el combate a la corrupción, delincuencia o crimen organizado, con el fin de no permitir que grupo delictivos o personas que tengan actividades ilícitas utilicen a Organizaciones en su beneficio propio.