Con fecha del 1 de mayo fue publicado en la página del SAT los lineamientos que debe de incluir la nueva obligación para los transportistas de incluir en sus CFDI el “Complemento Carta Porte”, dicha nueva obligación busca generar en todos los transportistas de carga el trazo de sus rutas y poder comprobar la legalidad de los bienes o mercancías que transportan en las rutas carreteras en los puntos de revisión que podrán estar sujetos.
La presente obligación inicio en un periodo opcional el 1 de junio del 2021, iniciando su obligación el 30 de septiembre para todo aquel transportista de carga.
Este nuevo complemento pretende, conocer en el mismo comprobante fiscal, el tipo de mercancía que se está trasladando, el origen y destino del flete y los datos del chofer que está transportando la mercancía, así como numero de permiso de la SCT y características del tractocamión.
Por lo anterior, durante todo el traslado de la mercancía será necesario que el chofer cuente con una representación impresa o digital del CFDI con Complemento Carta Porte.
La generación del Complemento Carta Porte se realizará en dos variantes, mediante un CFDI de Ingresos o mediante un CFDI de Traslado, dependiendo de las características de quien traslada la mercancía, resumiendo de la siguiente manera
Sector | Cuando se emite con el CFDI de ingresos | Cuando se emite con el CFDI de traslado |
Autotransporte Federal | Cuando los contribuyentes dedicados al servicio de autotransporte presten el servicio de traslado de las mercancías. | Cuando el propietario de la mercancía por sus propios medios traslada la mercancía. La o el intermediario o agente de transporte, cuando preste servicios de logística para el traslado de los bienes o las mercancías, o tenga mandato para actuar por cuenta de la o el cliente, cuando el traslado lo realice por medios propios. |