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MEDIOS DE DEFENSA EN CONTRA DE SAT Y LA FISCALIZACIÓN DE CONTRIBUYENTES CON ACTIVIDADES VULNERABLES

MEDIOS DE DEFENSA EN CONTRA DE SAT Y LA FISCALIZACIÓN DE CONTRIBUYENTES CON ACTIVIDADES VULNERABLES

Si bien las Actividades Vulnerables pueden describir las responsabilidades, obligaciones y las sanciones, los Sujetos Obligados cuentan con diferentes Estrategias y Medios de Defensa Aplicables contra estas últimas, pudiendo estos prever o corregir cualquier incumplimiento.

Las Estrategias de cumplimiento que pueden seguir los sujetos obligados son las siguientes

  1. Capacitación continua al personal encargado de manejar las operaciones sujetas en la LFPIORPI, teniendo la habilidad de identificar transacciones sospechosas, en orden de reportar estás en tiempo y forma.
  2. Implementación de sistemas de monitoreo, utilizando herramientas avanzadas para detectar operaciones inusuales o sospechosas, facilitando su identificación.
  3. Auditorías Internas y Revisiones Periódicas que integren las políticas internas de cumplimiento y asegurar que estas sean seguidas correctamente, incluyendo la verificación de registros periódicamente.
  4. Políticas de Conocimiento del Cliente, estableciendo procedimientos para identificar y verificar la identidad de los clientes, incluyendo recopilación de datos, revisión de documentación oficial y evaluaciones de riesgo  de asociado a cliente.
  5. Actualizaciones de Protocolos basados en cambios Legislativos, manteniéndose actualizados en la legislación y ajustas los procedimientos internos en orden de cumplir con las normativas actuales.

El no mantener Estrategias de Cumplimiento activas o actualizadas conlleva a caer en el incumplimiento de las Obligaciones para ciertas de las Actividades, por lo que los Sujetos Obligados se ven afectados y por ende sancionados con Multas graves o con peligro de perder sus licencias o permisos.

Por lo que llegado a este punto existen distintos medios de defensa, que ayudan a los Sujetos a que en caso de que por omisión o desconocimiento cayeran en estas infracciones, mismos que se describen a continuación:

  1. Recurso de Revisión ante el SAT, teniéndolo como primer medio de defensa, permite solicitar al SAT la revisión de la sanción impuesta, teniendo como tiempo 15 días para interponer este recurso posteriores a la notificación de la multa.
  2. Juicio de Nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, este procedimiento permite impugnar la resolución del SAT ante un tribunal Independiente, este puede ser interpuesto 30 días después de recibida la notificación de la multa o de la resolución del recurso de Revisión
  3. Amparo Indirecto, siendo un recurso Constitucional, este puede interponerse si el Sujeto Obligado considera que la sanción o el proceso Administrativo violó sus derechos fundamentales.
  4. Regularización Voluntaria, siendo un paso antes de que se inicie la visita de verificación, las empresas pueden optar por regularizar su cumplimiento voluntariamente con sus obligaciones pendientes, presentando avisos omitidos o la corrección de los errores en la información proporcionada.

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