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La Secretaría de Energía reduce la vigencia de permisos para importar y exportar hidrocarburos.

La Secretaría de Energía reduce la vigencia de permisos para importar y exportar hidrocarburos.

En fecha 26 diciembre 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, acuerdo que estableció la modificación en la vigencia de los permisos para importar y exportar hidrocarburos que anteriormente era de 20 años y que ahora se dispone únicamente de 1 a 5 años, mismos que podrán ser renovados una vez que finalice su vigencia o al agotarse el volumen que se transporta.

Lo anterior provocó que, el año pasado los transportistas interpusieran Amparos para continuar operando con permisos por el término de 20 años; los cuales en su mayoría resultaron ser favorables y sus efectos condujeron a que la SENER suspendiera la aplicación de las nuevas disposiciones.

Sin embargo, el pasado 17 febrero 2022, se publicó en el DOF acuerdo que emitió la Secretaría de Energía en el cual reactiva la modificación de la vigencia de los permisos para importar y exportar hidrocarburos, contenida en el decreto de fecha 26 diciembre 2020.

Por lo que, dicho organismo prevendrá a los transportistas para que cuenten con el tiempo suficiente para corregirse ante el nuevo acuerdo y con el único fin de solucionar las solicitudes de obtención del permiso previo de importación y exportación de petrolíferos e hidrocarburos que se haya efectuado ante la VUCEM durante el plazo en que se suspendieron las consecuencias que derivan del acuerdo 26 diciembre 2020.

Cabe decir que, los derechos y obligaciones de los permisos previos otorgados, serán validos hasta que finalice su vigencia; traduciéndose en que no existirán efectos retroactivos para los importadores. Por ello será aplicable para todos los contribuyentes que importen y exporten petrolíferos e hidrocarburos; exceptuando a los transportistas que cuentan con la medida cautelar (AMPARO) en contra de su aplicación.

Por último, nuestra recomendación es que se recurra a nuestro equipo legal para apoyarlo en la tramitación del juicio de Amparo que se podrá presentar con un término de 15 días después del acto de aplicación, es decir, a partir de la solicitud que realice el transportista respecto a la vigencia del permiso para importar y/o exportar hidrocarburos o petrolíferos.

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