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El SAT informa una facilidad administrativa para la reducción de multas fiscales

El SAT informa una facilidad administrativa para la reducción de multas fiscales

Los contribuyentes que hayan sido multados por incumplir con la presentación de sus declaraciones (o bien, por presentarlas extemporáneamente) tendrán acceso a una facilidad administrativa para reducir el importe de su adeudo.

El 31 de agosto de 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que dará descuentos de hasta el 100 % en las multas por incumplimiento o extemporaneidad de declaraciones provisionales, siempre y cuando correspondan a ejercicios anteriores del 2022. Todos los contribuyentes, sean personas físicas o morales, podrán acceder al beneficio si están al corriente con sus obligaciones.

Asimismo, el SAT destacó que sólo pueden acceder a un 100 % de descuento aquellos contribuyentes que recibieron notificaciones de requerimiento y de multa, pero que aún no se les haya exigido el pago.

En cambio, las personas físicas y morales que recibieron notificaciones de requerimiento y de multa pero que ya se les haya exigido el pago sólo podrán acceder a descuentos escalonados (40 % a 90 %), dependiendo del tiempo que haya transcurrido desde la notificación de la multa.

Específicamente, las reducciones fueron calificadas de la siguiente manera:

¿Cuándo te informaron de la multa?Porcentaje de reducción
Menos de 1 año90%
Más de 1 y hasta 2 años80%
Más de 2 y hasta 3 años70%
Más de 3 y hasta 4 años60%
Más de 4 y hasta 5 años50%
Más de 5 años40%

 

Esta amnistía fiscal estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022, y el procedimiento se hará por medio de una aclaración en el portal electrónico del SAT, seleccionando la opción de rubro “REDUCCIÓN DE MULTAS VIG74 CFF”.

Se presume que la implementación de esta facilidad administrativa responde a los múltiples precedentes jurisdiccionales que han sostenido la ilegalidad de esas multas, invitando por esto a los contribuyentes a pagar sólo un porcentaje para evitar impugnaciones que conllevarían a su total anulación.

En cualquier caso, ahora los contribuyentes que adeuden ese tipo tendrán la opción de solicitar una reducción, previo a la posibilidad de impugnarlas.

 

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