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CRE COMUNICA LA SUPERVISIÓN DE DISTRIBUCIÓN DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO MEDIANTE PLANTAS Y/O DISTRIBUCIÓN DE GAS LICUADO PETRÓLEO POR MEDIO DE AUTOTANQUE.

CRE COMUNICA LA SUPERVISIÓN DE DISTRIBUCIÓN DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO MEDIANTE PLANTAS Y/O DISTRIBUCIÓN DE GAS LICUADO PETRÓLEO POR MEDIO DE AUTOTANQUE.

A la Fecha de 09 de octubre de 2023 la Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó en su portal y redes sociales un comunicado oficial el cual informa a los empresarios que cuenten con permiso de distribución de distribución mediante plantas y aquellos que cuentan con permisos de distribución a través de Autotanques.

De ahí que el comunicado emitido informa que a partir del día 16 de octubre de 2023 se encontrará la CRE realizando inspecciones como parte de las acciones para combatir el robo de Hidrocarburos, así como para mantener la seguridad de la población y proteger los intereses de los usuarios, se estarán realizando visitas de verificación a los permisionarios antes mencionados respecto a las siguientes obligaciones:

  • La vigencia del permiso expedido por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) que le permita realizar las actividades de Distribución antes referidas.
  • Pagos al corriente de las Contribuciones por la supervisión anual ante la CRE.
  • Póliza de seguro vigente de la planta y de las unidades.
  • El Dictámenes de cumplimiento de las  Normas Oficiales Mexicanas correspondientes para la distribución de gas LP.
  • El Programa de mantenimiento y operación actualizados.
  • Facturas que garanticen la licitud del Gas L.P .
  • Registro Vigente en el Padrón de autotanques y vehículos de reparto realizado ante la CRE.
  • El Acreditamiento de que todas las unidades encontradas en la planta están debidamente registradas y aprobadas por la CRE bajo el amparo del título permiso del visitado y en su caso la justificación de pernocta de las unidades.
  • Para aquellas unidades que se encuentren en la planta y no cuenten con la aprobación de la CRE, deberán acreditar que no están operando y el estado actual de estas es por actualización de parque vehicular.

No obstante que, resulta relevante que las empresas permisionarias cumplan con todos los puntos anteriores además de cuidar que no se cuente con unidades sin encontrarse registradas bajo el permiso adecuado para la actividad realizada por la permisionaria siendo que esta será sancionada en caso contraria con las siguientes sanciones:

  • Clausura temporal, total o parcial, inhabilitar o inmovilizar equipos, instalaciones, vehículos o sistemas.
  • Ordenar la suspensión temporal del suministro, del servicio o de la actividad.
  • Multa o revocación del permiso de distribución según corresponda.
  • La denuncia en su contra por la probable comisión de un delito en materia de hidrocarburos y la solicitud de extinción de dominio en los casos en que resulte procedente realizada por el inspector.

Sin más que mencionar la CRE comunica que igualmente es vital que los inspeccionados hagan hincapié en verificar las credenciales y identidad del Inspector ya que de comunicados anteriores realizados el 19 de agosto de 2023 se encontraban circulando comunicados erróneos de las presentes inspecciones de las cuales los supuestos inspectores apócrifos.

COEL ABOGADOS S.C. y COEF CONTADORES S.C. por último te invitamos a acercarte y asesorarte con nosotros para cualquier duda respecto al cumplimiento de tus obligaciones como permisionario de la CRE para distribuir a través de plantas o de auto tanques gas licuado de petróleo, COEL ABOGADOS S.C. y COEF CONTADORES S.C, manteniéndote Informado de las novedades respecto al cumplimiento de obligaciones legales.

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