Recientemente se realizaron algunas modificaciones de las Preguntas y Respuestas sobre el complemento de Carta Porte derivadas de la modificación a las reglas Misceláneas para 2023 reglas las cuales se conforma la base en la que se fundamenta el complemento de Carta Porte, esto con la finalidad de dar aclaración las preguntas que los contribuyentes realizan frecuentemente a la autoridad, para esto la autoridad presenta en un documento las preguntas frecuentes y su respuestas al público , siendo en la última reciente actualización una modificación dentro de la sección de autotransportes en la que se modificó la numeración de la pregunta 13 para quedar ahora en el número 11, y se añadieron las preguntas 17 y 18 siendo que existían solo 16 preguntas frecuentes en el documento vigente anteriormente.
Pregunta 11. Los cambios realizados en la respuesta son que se debe registrar en la sección “Mercancía” la cantidad total de los bienes y/o mercancías que son trasladados e incorporar en la sección “Ubicación” en el campo “Origen” el domicilio de donde sale la mercancía y en el campo “Destino” el punto final de la ruta que se tiene programada para la entrega.
Adicionalmente eliminar el párrafo que indicaba la generación de un CFDI de tipo ingreso sin complemento carta porte cuando se utilizaban camiones menores a los tipo C2 y el servicio no implicaba el tránsito de carretera federal mayor a los 30 kilómetros entre el origen y el destino final, incluyendo los puntos intermedios del traslado, puedes emitir una factura electrónica de tipo traslado sin complemento Carta Porte, y registrar la cantidad total de las mercancías trasladadas.
- ¿Para el llenado de la factura electrónica con complemento Carta Porte, ya sea de tipo ingreso o de tipo traslado,si no cuento con el número de permiso otorgado por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes(SCT),qué dato se puede utilizar en dicho campo?
En el caso de no requerir permiso de la SCT o se cuenta con un permiso de ámbito local o estatal, se debe registrar la clave TPXX00 en el campo “PermSCT”, registrar el número de permiso local o estatal en el campo “NumPermisoSCT”, en caso de no requerir permiso la descripción de dicho campo será “Permiso no contemplado en el catálogo”.
¿Estoy obligado a emitir factura electrónica con complemento Carta Porte si traslado un vehículo por impulso propio?
Si, cuando se trate de vehículos que hayan sido ensamblados bajo el régimen aduanero de depósito fiscal, se permitirá su salida de las instalaciones a cualquier parte del territorio nacional, previo a su exportación o nacionalización, por motivos de evaluación, estudio, pruebas o eventos públicos de promoción, para lo cual debe estar acompañado en todo momento de la copia del pedimento de introducción a depósito fiscal. Si, cuando, se traslade el vehículo por medio de otro vehículo de tu propiedad.
Únicamente cuando el vehículo se mueva por impulso propio sin que sea a bordo de otro vehículo, u no se encuentre bajo el régimen aduanero de depósito fiscal.
COEL ABOGADOS S.C. y COEF CONTADORES S.C. te compartimos el análisis de las consideración respecto a los cambios en las preguntas y respuestas que brinda el SAT ante las Dudas de la expedición de la Carta Porte a partir de 23 de enero de 2023 ante cualquier duda se recomienda adquirir una Asesoría, para el cumplimiento de los CFDI con complemento de Carta Porte.