El pasado 5 de agosto, la Agencia Nacional de Aduanas en México (ANAM) anunció en su boletín núm. 23 que se aplicará una pausa a ciertas operaciones de comercio exterior, esto con el objetivo de darle un espacio de tiempo suficiente al Servicio de Administración Tributaria (SAT) de realizar las modificaciones correspondientes y evitar atrasos en el esquema del Aviso de Cruce.
Operaciones pausadas
Las operaciones en pausa hasta nuevo aviso por parte de la ANAM son las siguientes:
- Pedimentos consolidados que requieren información de las remesas presentadas ante el módulo de selección automatizado
- Pedimentos a los que se les exige declarar en el registro de descargos (512) otros pedimentos “desaduanados”.
- Patentes que se bloquean por pedimentos pagados “no modulados”.
- Pedimentos de depósito fiscal que requieren transmisión de informe de arribo o no arribo de mercancía.
Otras operaciones, tales como personas que no cuentan con TAG y personas que tienen TAG de acuerdo al acuerdo de escalamiento de las aduanas con componentes tecnológicos, seguirán tramitándose con el Aviso de Cruce, así lo recalca la ANAM en su comunicado.
La pausa será hasta el 19 de septiembre, lo cual la ANAM considera ser tiempo suficiente para que el SAT realice estas modificaciones a sus sistemas en relación al Aviso de Cruce. Una vez que el SAT dé indicaciones de haber terminado el proceso, se le notificará la información de los pedimentos desaduanados con dicho esquema desde el 1 de agosto de 2022, considerando que la ANAM está en posibilidad de transmitir la información correspondiente a partir del 15 de agosto de este año.
En Coel Abogados, especialistas en Comercio Exterior, estamos a tu disposición para ayudarte e informarte sobre nuevos cambios en las operaciones de acuerdo a lo establecido por la Agencia Nacional de Aduanas en México.