Reforma Fiscal 2019 genera perjuicios para los contribuyentes.
El pasado 20 de diciembre fue aprobado en el Congreso la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2019, misma que establece diversas limitaciones fiscales tanto para personas morales como personas físicas.
La limitación más importante de esta reforma fiscal es la prohibición de compensar universalmente los impuestos de naturaleza distinta: es decir, desde 2019 los saldos a favor en materia de IVA no podrán compensarse contra el ISR, ni viceversa, aún mucho menos cuando se trate de impuestos retenidos, como lo es el ISR contra las retenciones realizadas a los trabajadores o prestadores de servicio.
Ello genera diversos perjuicios para los contribuyentes pues para recuperar esos saldos a favor solamente se podrá realizar a través de pedir las devoluciones al SAT, lo que en la práctica es realmente tortuoso y difícil para los contribuyentes, pues la autoridad fiscal en la mayoría de los casos las resuelve negativamente.
Por ello, COEL ABOGADOS y COEF CONTADORES, despachos especialistas en materia fiscal, ponen a su disposición el servicio del AMPARO VS PROHIBICIÓN A LA COMPENSACIÓN UNIVERSAL
Contacta a nuestros expertos y solicita una asesoría o cotización para más información de estos temas.