El pasado 18 de diciembre se aprobó en Cámara de Diputados la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019 y en los próximos días se estima que se apruebe también en la Cámara de Senadores.
En esta Reforma Fiscal se limitan los beneficios fiscales para el transporte público y privado, de carga e incluido el transporte turístico.
El perjuicio contenido en la Ley de Ingresos aprobada radica en 3 puntos principales:
1. La prohibición de utilizar los acreditamientos en los pagos provisionales; es decir, los solamente se podrá acreditar los estímulos en la declaración anual, prácticamente aniquilándolos pues los estímulos fiscales no generan saldos a favor.
2. Se obliga al transportista que utilice el acreditamiento del IEPS federal contra el ISR únicamente en contra del impuesto a cargo de la propia empresa, por lo que a partir de 2019 no se podrá acreditar contra el impuesto sobre la renta retenido a trabajadores y/o prestadores de servicio, situación que merma la estabilidad financiera de la empresa.
3. Se obliga a las empresas transportistas a acumular el acreditamiento usado por la cuota del IEPS federal, lo cual prácticamente aniquila el beneficio fiscal al transportista y vuelve inoperante la aplicación de los beneficios, pues no obstante que se usa el derecho al acreditamiento la empresa lo deberá de considerar como ingreso acumulable.
Con esta medida las empresas de transporte público y privado se verán en la necesidad de pagar más impuestos e inhabilitar los beneficios fiscales que venían usando desde el año 2012.
Ante las características que tiene esta Reforma Fiscal, exhortamos al Sector Transporte a interponer los medios de defensa idóneos, para combatir el perjuicio fiscal que inició este 1 de enero del 2019.
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