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Amparo VS Factura Venta Público General en Sector Hidrocarburos

Amparo VS Factura Venta Público General en Sector Hidrocarburos

El pasado 19 de Octubre de 2018 se publicó en la Resolución Miscelánea Fiscal una reforma a la Regla 2.7.1.24 de nombre “Expedición de comprobantes en operaciones con el público en general”, misma que limita la facilidad administrativa de expedir un CFDI diario, semanal o mensual donde consten los importes correspondientes a cada una de las operaciones realizadas con el público en general que se hubieran emitido, exclusivamente para aquellos contribuyentes obligados a llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos.

De acuerdo con la restricción anterior, las personas físicas y morales que fabriquen, produzcan, procesen, transporten, almacenen incluyendo autoabastecimiento, distribuyan o enajenen al público en general incluidas las estaciones de servicio y estaciones de gas natural, los hidrocarburos y petrolíferos.

Esta reforma que comprende la adición de la regla 2.7.1.46., de las fichas de trámite 277/CFF a 285/CFF, contenidas en el Anexo 1-A, así como de los Anexos 30, 31 y 32, entrarán en vigor a partir del 1 de mayo de 2019, por lo cual, desde esa fecha todos los que intervienen en la cadena de valor de hidrocarburos y petrolíferos, deberán cumplir con las disposiciones establecidas.

Con esta reforma se limita, en detrimento administrativo y económico, la actividad de innumerables empresas y personas físicas que intervienen en el mercado petrolífero y de hidrocarburos, y discrimina la aplicación de los beneficios administrativos para este sector de la economía.

Por lo tanto, te invitamos a acudir a la vía del amparo para factura como lo vienes haciendo hasta hoy en día.

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