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Deduce tus Cuentas Incobrables y Obtén un Ahorro en el Ejercicio Fiscal

Deduce tus Cuentas Incobrables y Obtén un Ahorro en el Ejercicio Fiscal

El deducir una cuenta incobrable no implica el perdón de la deuda, sino por el contrario la legislación fiscal otorga el derecho de deducir un crédito que nunca se ha pagado, cumpliendo los requisitos de la ley, mientras se toman las acciones legales para cobrarlo en definitiva.
Uno de los principales problemas que existen en las empresas derivado de las relaciones de negocio, es la lentitud en la recuperación de las cuentas por cobrar.

En alguno de los casos, esas cuentas por cobrar no son liquidadas, y la empresa tiene que absorber momentáneamente el pago de los impuestos al haberse emitido la factura correspondiente y realizado la prestación del servicio o la venta del producto.

Ante la imposibilidad del pago, COEF CONTADORES y COEL ABOGADOS te asesorarán para deducir tus cuentas incobrables en la declaración anual obteniendo un beneficio inmediato en el ámbito fiscal, aparejado del cobro judicial o extrajudicial de los créditos.

Asesórate con los expertos, cobra tus deudas, y obtén un beneficio fiscal inmediato.

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