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Nueva herramienta para el pago definitivo del IVA

Nueva herramienta para el pago definitivo del IVA

El presente 15 de febrero de 2024, (Sistema de Administración Tributaria) SAT, publico un comunicado, en el que informa a los contribuyentes que a partir del 01 de febrero de 2024 puso a disposición de los contribuyentes una nueva herramienta para realizar el pago mensual y definitivo del Impuesto al Valor Agregado (IVA), dicha nueva herramienta consiste en un autoaplicativo para determinar el pago del IVA el cual ahora contara con nuevas funciones, de tal forma que  se mencionan las siguientes:

De ahí que, de entre las novedades tengamos que se consolidan en un solo aplicativo todas las obligaciones de aquellos contribuyentes que tributan en el régimen general, información precargada, a partir de los comprobante CFDIs emitidos y recibidos de tipo “Ingreso” y “Pago” y el Rediseño del formulario para identificar de una manera más fácil los conceptos que conforman la declaración.

Por otra parte, se tiene que derivado del análisis  de dicho aplicativo que, de determinadas situaciones particulares que, se presentan en el sistema financiero que pasarían a influenciar en la determinación del impuesto, como la determinación del factor del Acreditamiento, la facturación de conceptos que por su naturaleza gravan IVA conforme a lo devengado y no al momento del flujo del Efectivo.

Así como que, en el presente contexto existen actos y/o actividades que tienen tratamientos que en particular podrían generar discrepancias entre la información proporcionada por los CFDIs contra la información Financiera como por ejemplos:

  • Los intereses devengados
  • Compra venta de divisas
  • Ingresos por operaciones de reportos y compraventas de valores
  • Operaciones financieras derivadas.
  • Ganancias cambiarias

No obstante, de momento se respeta el derecho de la autodeterminación, a través de los campos editables permitiendo a los contribuyentes en la declaración, autodeterminarse y pagar el IVA de acuerdo a su contabilidad. Sin embargo, es relevante que se debe considerar para evitar que el SAT realice acciones de molestia ante posibles discrepancias entre su información y la información precargada a través de  las siguientes Acciones :

  • La realización de mapeo de todas sus operaciones, con el fin de identificar sus obligaciones fiscales en materia de CFDI.
  • Cuidar los plazos de emisión de los CFDI por cada tipo de producto.
  • Recabar los CFDI en los plazos previstos en las disposiciones fiscales, así como revisar que cumplan con los requisitos establecidos en el Anexo 20 y las guías de llenado.
  • Revisar la clasificación de los actos o actividades en materia de IVA (gravados, exentos o no objeto), así como identificar aquellas operaciones que no tienen un efecto en el cálculo del factor de acreditamiento.
  • Conciliar la información de sus sistemas transaccionales contra la contabilidad y contra los CFDI.
  • Identificar el método de pago de sus CFDI (PUE o PPD) y, en consecuencia, la emisión del CFDI con complemento de pagos.

Por último, COEL ABOGADOS SC Y COEF CONTADORES SC opina que es posible que, en el futuro cercano, se tengan nuevas actualizaciones al aplicativo ya que en el comunicado el SAT expresa continuar realizando implementaciones y mejoras en dicho aplicativo.

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