¿Qué es el Régimen de los Coordinados?
Régimen especializado para empresas (personas morales) cuya actividad principal es el autotransporte terrestre de carga o privado de pasajeros.
La principal característica es la determinación del impuesto conforme al Flujo de Efectivo, esto es con base a lo cobrado y pagado en el periodo.
¿Quiénes tributan en el Régimen de los Coordinados?
Si es una persona moral y sus ingresos por la actividad de autotransporte terrestre de carga o de pasajeros representan cuando menos el 90% de sus ingresos totales.
¿Cuándo no se puede tributar en coordinados?
Cuando presente preponderadamente sus servicios a otra persona moral residente en el país o en el extranjero, que se considere parte relacionada, o el incumplimiento en la proporcionalidad de los ingresos propios de la actividad.
Beneficios Fiscales para el sector:
- Retención de ISR preferencial del 7.5% al ingreso pagado a los empleados relacionados activamente con la operación del transporte.
- Deducción de hasta un 8% de los ingresos por gastos que no reúnan requisitos fiscales.
- Aprovechamiento de pagos de cuotas de peaje para pago de impuestos.
- Aprovechamiento de Cuota de Diesel pagada para pago de impuestos.
Requisitos y obligaciones:
- Presentar la declaración y pago provisional mensual de retenciones de ISR por sueldos y salarios.
- Declarar mensualmente el ISR propio.
- Declarar anualmente el ISR propio.
- Declarar mensualmente el IVA.
- Informar mensualmente sobre las operaciones con terceros para efectos de Impuesto al Valor Agregado.
- Expedir comprobantes fiscales.
- Llevar y conservar tu contabilidad.
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