El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) modificó el esquema de autenticación de sus trámites electrónicos al establecer que la e.firma emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) será el único certificado digital válido para realizar actos por medios electrónicos ante el Instituto.
La medida fue aprobada mediante el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290626/176.P.DIR, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de julio de 2026 y vigente desde el 17 de julio del mismo año. Con este Acuerdo se deja sin efectos el uso del Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y del certificado digital expedido por el IMSS.
¿Qué cambia?
A partir de la entrada en vigor del Acuerdo, las personas empleadoras y demás sujetos obligados que opten por realizar actos por medios electrónicos ante el IMSS deberán utilizar la e.firma emitida por el SAT como único medio de autenticación.
Los documentos firmados con este certificado producirán los mismos efectos jurídicos que aquellos suscritos con firma autógrafa y tendrán plena validez jurídica.
Desaparece el NPIE
El Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) era un identificador asociado a cada registro patronal que permitía el acceso a los sistemas electrónicos del IMSS mediante certificados digitales expedidos por el propio Instituto.
Con la entrada en vigor del Acuerdo, tanto el NPIE como el certificado digital emitido por el IMSS dejan de utilizarse, para dar paso al uso exclusivo de la e.firma.
Nuevas reglas para representantes legales
El acuerdo también modifica la forma en que los patrones podrán autorizar a representantes legales, administradores o apoderados para actuar en su nombre.
A partir de la entrada en vigor del nuevo esquema:
- La vinculación deberá realizarse exclusivamente mediante el Escritorio Virtual del IMSS;
- Tanto el patrón como el representante deberán autenticarse con su e.firma vigente, y
- Ambos deberán firmar electrónicamente el proceso de vinculación.
Con este mecanismo, el IMSS busca identificar con mayor certeza a las personas que realizan operaciones en nombre de los patrones y fortalecer la seguridad de los trámites electrónicos.
Periodo de transición
Aunque el acuerdo entra en vigor el 17 de julio de 2026, el IMSS otorgó un periodo de transición de 90 días naturales, contados a partir de la publicación del acuerdo en el DOF, para que los patrones migren al uso exclusivo de la e.firma.
Durante este plazo es recomendable que las empresas:
- Verifiquen que su e.firma se encuentre vigente;
- Corroboren que sus representantes legales también cuenten con una e.firma válida, y
- Actualicen las vinculaciones correspondientes mediante el Escritorio Virtual del IMSS.
En conclusión, las personas empleadoras y demás sujetos obligados deberán prepararse para operar bajo el nuevo esquema de autenticación implementado por el IMSS, el cual homologa el uso de la e.firma con el mecanismo utilizado por el SAT. En este contexto, las personas empleadoras y demás sujetos obligados deberán aprovechar el periodo para concluir las adecuaciones necesarias durante el periodo de transición, a fin de evitar contratiempos en la realización de sus trámites electrónicos ante el Instituto.