La restricción a la compensación universal de impuestos prevista para el ejercicio fiscal de 2019, ha generado múltiples dudas en cuanto al derecho que se tiene a compensar saldos a favor y, en su caso, los requisitos o pasos para su correcta aplicación; dado que la limitación establecida en el artículo 25 fracción VI de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 2019 sustituyó el derecho establecido en el artículo 23 del Código Fiscal de la Federación y el artículo 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
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