Nuevas facultades de comprobación para sancionar a Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS) y Empresas que Deducen Operaciones Simuladas (EDOS)
En la reciente iniciativa de reformas al Código Fiscal Federación, la cual forma parte del paquete económico para el 2026, se contempla la creación de una nueva facultad de comprobación que permitirá a la autoridad fiscal revisar si los contribuyentes emiten Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que amparan operaciones inexistentes o falsas, siendo importante destacar de esta nueva facultad de comprobación lo siguiente:
· No requiere de citatorio previo.
· Los visitadores estarán facultados para tomar fotografías, así como para grabar audio y video.
· Al iniciarse se suspenderá el Certificado de Sello Digital (CSD) del contribuyente visitado para la emisión de CFDI.
· El visitado tendrá cinco días para presentar pruebas y alegatos que acrediten que sus operaciones son reales.
Concluido el procedimiento anterior, si se determina que el contribuyente visitado emite CFDI que amparan operaciones inexistentes o falsas se publicará el nombre y clave del RFC del contribuyente en el Diario Oficial de la Federación y en el Portal del Servicio de Administración Tributaria.
Una vez hechas las referidas publicaciones, los contribuyentes que hayan dado efectos fiscales a los CFDI emitidos por los contribuyentes sancionados tendrán 30 días para presentar sus declaraciones complementarias, es decir, no se contempla la posibilidad de aclarar o acreditar que los CFDI recibidos no amparan operaciones inexistentes o simuladas.
Aunado a lo anterior, se pretende incorporar la fracción XIV, al artículo 17-H, del CFF, para que los contribuyentes que hayan recibidos CFDI de los contribuyentes publicados también se les aplique la restricción y cancelación del CSD para emitir CFDI.
Por lo que, ante estas modificaciones, que abonan a la complejidad de las operaciones comerciales en México, resulta fundamental cuidar que los proveedores o cualquier persona que emita un CFDI no se encuentre publicado en este nuevo listado de EFOS.
Acércate y asesórate con los profesionales especializados de Coel Abogados S.C. y Coef Contadores S.C.