Derivado de la Reforma Fiscal 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en la Resolución Miscelánea Fiscal 2022 el aviso para permanecer en el Régimen de Incorporación Fiscal “RIF” que se habilitó desde el 1 de enero de 2022. Las personas físicas tienen hasta el 31 de enero del 2022 como fecha límite para informar al SAT de su deseo de permanecer en el RIF.
Los contribuyentes que se hayan inscrito en el RFC bajo el Régimen del RIF serán registrados automáticamente en el RESICO, a salvo que manifiesten su intención de no permanecía.
Para contribuyentes que se dieron de alta en el RIF hasta el 31 de agosto 2021 podrán optar por permanecer en el mismo régimen siempre y cuando se presente el aviso al SAT; en caso contrario quienes no lo realicen, a partir del 1 de febrero se les asignará el régimen de acuerdo con las disposiciones aplicables.
Lo anterior de acuerdo con las fracciones IX y X de las Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
**Es importante recordar que para aquellas personas que tributan en el RIF durante el 2021 sus ingresos no debieron exceder los dos millones de pesos.
En caso de presentar el aviso de permanecer en el RIF, solo se podrá seguir tributando bajo este régimen hasta que se concluyan los años de tributación de este.
Ya no se podrán inscribirse nuevos contribuyentes al RIF, solo los que se hayan inscrito hasta el 31 de agosto del 2021 son los que pueden seguir tributando bajo este régimen siempre y cuando se haya presentado el aviso.
Este aviso se presenta mediante la “Declaración de permanencia en el RIF”, a través del portal de internet del SAT. Las personas físicas que presenten el aviso al SAT deberán contar con firma electrónica avanzada y buzón tributario activo.
Exhortamos a los contribuyentes del RIF, a presentar el aviso de permanencia, y con ello no perder los beneficios fiscales con los que cuentan actualmente en tema de ISR e IVA.
** Para los contribuyentes que elijan el Régimen Simplificado de Confianza y se tienen beneficios pendientes del RIF, se podrán aplicar los acreditamientos, deducciones y solicitar la devolución de saldos a favor que se tuvieran pendientes.
Al optar estar en el Régimen Simplificado de Confianza, hay que contar con la e. firma activa, se tiene hasta el 30 de junio del 2022 para tramitarla.
En COEF Contadores, somos un despacho con personal capacitado en los diversos regímenes fiscales en México y podemos apoyarte a optimizar la carga fiscal con una correcta y legal planificación fiscal.