fbpx

SE APLAZA ENTRADA EN VIGOR DEL NUEVO IMPUESTO ECOLÓGICO EN SAN LUIS POTOSÍ AL 10 DE JUNIO DE 2024

SE APLAZA ENTRADA EN VIGOR DEL NUEVO IMPUESTO ECOLÓGICO EN SAN LUIS POTOSÍ AL 10 DE JUNIO DE 2024

El día 18 de diciembre de 2023, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí, el decreto número 0898 en el cual se reforma la Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí adicionando a la misma el Capítulo VI denominado de los “Impuestos ecológicos” creando así el Impuesto por la Emisión de Gases Contaminantes a la Atmósfera.

Asimismo, en el artículo segundo transitorio del decreto se estipuló que dicha reforma realizada a la Ley de Hacienda para el estado de San Luis Potosí entraría en vigor a partir del 01 de Abril de 2024.

Sin embargo, el día de hoy 25 de Marzo de 2024, el Pleno del H.Congreso del Estado aprobó por unanimidad una reforma al artículo segundo transitorio del decreto 0898 modificando la entrada en vigor del nuevo Impuesto por la emisión de gases contaminantes a la atmósfera, para el día 10 de Junio de 2024. 

Perjuicios para el contribuyente. 

El inicio de vigencia de los efectos de este nuevo impuesto ecológico supondrá una mayor carga administrativa para las personas físicas y morales sujetas al pago del mismo, al tener que presentar la declaración de este nuevo impuesto de forma mensual provisional y anual ante la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí.

A partir de ahí, las personas y empresas se someterán a cargas económicas adicionales debido a tener que llegar que realizar diversos análisis técnicos en materia ambiental que les permitan identificar cuáles son las obligaciones medioambientales por las que deberán de determinar el impuesto además de tener que analizar áreas de oportunidad para mitigar el impacto ambiental en las operaciones de la empresa y en tanto, reducir el saldo a determinar del impuesto.

Como resultado para que las empresas mantener un cumplimiento de obligaciones requerirá de costes administrativos, ya que este impuesto que será realizado mediante la autodeterminación por lo que el contribuyentes, deberá establecer los controles y procesos para llevar a cabo el cumplimiento y estar al pendiente de las iniciativas ambientales. Además se estima que el nuevo impuesto ecológico es a todas luces inconstitucional por transgredir los principios de seguridad jurídica así como legalidad y proporcionalidad tributaria contenidos en los artículos 16 y artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Con base en lo expuesto, exhortamos a los afectados a planificar su defensa en contra de este nuevo impuesto en tiempo y forma, para garantizar resultados positivos que desincorporan de la esfera jurídica del afectado, el  pago de este nuevo impuesto.

En COEL Abogados & COEF Contadores  quedamos a sus órdenes para resolver cualquier otra duda o inquietud que pudiera surgir con relación al presente decreto o de algún asunto diverso de los cuales requieran asesoría fiscal y/o contable.

Deja una respuesta