Los prestadores de servicios de salud, por lo general no le han dado mucha importancia a sus declaraciones de impuestos, puesto que han utilizado «estrategias» o «esquemas», que los permitían permanecer en la oscuridad de la mano fiscalizadora del Servicio de Administración Tributaria; sin embargo, recientemente, han estado recibiendo «cartas invitación» con el objetivo de cobrarles lo que han omitido en pago de ISR e IVA por los ejercicios fiscales: 2012, 2013, 2014 y 2015.
Las «estrategias» son diversas, unas son tan sencillas como simplemente no darse de alta en el padrón del Registro Federal de Contribuyentes y no tener cuentas bancarias, hasta suspender actividades, cobrar todo en efectivo, facturar únicamente a quienes lo solicitaban y registraban en sus cuentas bancarias solamente esos ingresos, mientras que los otros se cobraban en efectivo, y así había un perfecto amarre entre depósitos y su contabilidad; otros depositaban el efectivo en cuentas bancarias de sus hijos, esposa o algún pariente que no estuviera dado de alta en el RFC.
Los médicos estaban seguros de que con estás supuestas «estrategias» el SAT jamás detectaría la evasión fiscal en que estaban incurriendo. Y sí, efectivamente, hace muchos años esto daba buenos resultados porque las autoridades fiscales no tenían tantas facultades como las tienen hoy en día, no contaban con los sistemas avanzados de informática, ni los cruces de información que tienen con autoridades extranjeras y con los informes que dan los bancos de manera mensual a la autoridad. Por ello, muchos prestadores de servicios de la salud, sentían que sabían más de cuestiones fiscales que su propio contador.
No obstante, seguir estas actuaciones en el 2017 es altamente peligroso, ya que el Código Fiscal y las Leyes Especiales le otorgan muchas atribuciones a las autoridades fiscales.
¿Cómo detectará el SAT a los prestadores de servicios de la salud?
De manera muy sencilla, ya que a finales del 2016, el SAT emitió un oficio a los hospitales más reconocidos en el territorio nacional para solicitarles información acerca de los médicos que atienden en dichos hospitales, medida cautelar para fiscalizar a los médicos.
En el oficio se requiere lo siguiente:
RFC de médicos que han ocupado quirófanos.
Fechas y horarios.
Monto de honorarios.
Forma de pago del servicio.
RFC y nombre de médicos que renten consultorios en hospitales.
Cuanto pagan de renta mensual, desde cuando y forma de pago.
En caso de que los hospitales hagan caso omiso a brindar esta información, el SAT impondrá multas excesivas a los hospitales.
¿Cuáles son los riesgos para los médicos con esta medida?
Recibir cartas invitación; que les ejerzan facultades de comprobación a través de revisiones de gabinete, visitas domiciliarias o las revisiones electrónicas (sí, aún y cuando no tengan RFC).
Como ejemplo en términos generales, y en términos de la LISR, puede llegar a representar el 60-70% de los ingresos omitidos. Por ejemplo, si un médico en 2015, omitió declarar 4,000,000, en el 2017, el SAT le podrá cobrar más de 2,800,000; sin considerar las multas y los recargos y actualizaciones.
¿Cómo solucionar el problema?
Primeramente, no hay que esperar a que lleguen las cartas invitación o que se ejerzan las facultades de comprobación, ya que será muy tarde.
Les aconsejamos se asesoren con expertos en la materia para que les den un diagnóstico real de su situación fiscal, y como proteger a tiempo su patrimonio, y el de su familia.