Si eres transportista y acostumbras a prestar servicios únicamente en vías municipales o estatales, esta información te puede interesar.
Conforme a los nuevos Reglamentos de Tránsito en los municipios de San Pedro Garza García y Salinas Victoria que entraron en vigor el 31 de enero del año en curso, se estableció que los vehículos de carga pesada que circulen mediante el registro de acceso a empresas deberán llevar consigo la carta de porte o el documento que acredite su destino con un registro electrónico. Específicamente, las disposiciones que exigen la carta porte son el artículo 49 del Reglamento de Tránsito y Vialidad del municipio de Salinas Victoria y el artículo 52 del Reglamento de Movilidad, Tránsito y Seguridad Vial del municipio de San Pedro Garza García.
Sin embargo, dichos artículos resultan inconstitucionales debido a que, el pasado 24 de diciembre de 2021, el SAT publicó a través de su portal de internet el comunicado para establecer el periodo de transición para emitir correctamente el complemento Carta Porte hasta el 31 de marzo de 2022, y en el cual se define que el complemento Carta Porte no podrá ser requerido para la circulación dentro de las ciudades, sino únicamente en autopistas de jurisdicción federal.
Es decir, si algún chofer de bicicleta, motocicleta o automóvil entrega mercancía dentro de su localidad, no necesita complemento Carta Porte. Tampoco será necesario para camionetas y grúas de carga ligera que transiten por vías locales.
Otro punto importante es que sólo las autoridades federales son las facultadas para requerir el complemento Carta Porte; ni la policía municipal, ni estatal pueden requerirlo.
De esta manera, y con la vigencia de los artículos antes referidos, muchos transportistas que presten servicios dentro de las delimitaciones de los municipios de San Pedro Garza García y Salinas Victoria podrían verse multados injustificadamente por no exhibir el complemento Carta Porte que aluden sus nuevos Reglamentos de Tránsito.
Por ello, se recomienda a los transportistas que presten servicios de transporte de carga locales y/o estatales considerar la interposición de un amparo indirecto contra estos nuevos Reglamentos de Tránsito municipales, mismos que además, exigen el trámite y pago de un permiso de circulación para que los vehículos de carga puedan circular, cuestión que ya ha sido declarada inconstitucional por múltiples Juzgados y Tribunales en juicios tramitados por COEL Abogados.