El pasado 14 de julio del presente año en la Ciudad de México un Juez Local declaró la liquidación sumaria de Crédito Real el prestamista de nómina, sociedad financiera de objeto múltiple (Sofom) más grande del sistema financiero mexicano, debido a que enfrentaba deudas por más de 55 mil millones de pesos, sin pasar por un concurso mercantil ni una quiebra.
Asimismo, en dicha fecha fue pública la sentencia dictada por la autoridad judicial en la que se declaró su disolución y se le puso en liquidación, a la cual el Juzgado 52 Civil de la Ciudad de México designó como liquidador judicial a Fernando Alonso de Florida Rivero quien ha asumido el cargo y se encuentra desempeñándolo.
Esto fue derivado de la acción legal ejercida por uno de los accionistas de Crédito Real por haberse ubicado en la causal prevista en la fracción V del artículo 229 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. V.- Por la pérdida de las dos terceras partes del capital social, informó la compañía en un reporte enviado a la Bolsa Mexicana de Valores (BMV).
La liquidación iniciada por Crédito Real no es un concurso mercantil ni una quiebra, sino un proceso de disolución en el que está por verse cómo serán afectados los intereses de decenas de acreedores bancarios y tenedores de deuda emitida por la Sofom.
Cabe decir que, el 22 de junio, un grupo de acreedores de la prestamista no bancaria solicitaron un proceso involuntario bajo el Capítulo 11.
«Se informa, en cumplimiento de dicho requerimiento que el 14 de julio del 2022 la compañía solicitó ante los tribunales de Delaware, Estados Unidos, acogerse al procedimiento contemplado en el Capítulo 15 de la Ley de Quiebras», detalló Crédito Real en un breve comunicado.
Esto ocurre luego de que, el mes pasado, Banco Monex y dos fondos de inversión presentaron ante la Corte de Bancarrotas para el Distrito Sur de Nueva York una demanda de concurso mercantil involuntario contra Crédito Real.
Crédito Real dejó de pagar los intereses de un bono por 170 millones de francos suizos en febrero de este año.
La situación económica de sus clientes afectó sus operaciones y el mercado comenzó a castigar el precio de su acción.
Cabe recordar que el 1 de junio de este año, la acción de esta compañía fue suspendida por no reportar sus estados financieros del primer trimestre del año y su valor de capitalización es de cero.
Crédito Real, que llegó a la Bolsa Mexicana de Valores en octubre del 2012, de la mano del fondo de capital Nexxus, perdió casi el 100% del valor de sus acciones antes de ser suspendida en el mercado bursátil mexicano.
De acuerdo con el documento del tribunal mexicano, Crédito Real solicitó el proceso de disolución bajo la vía sumaria especial mercantil y señala que la prestamista tiene un resultado neto negativo que puede impactar de manera negativa el capital social por lo que a efecto que se trastoque que el orden público mexicano y que se destruya la materia del presente juicio, con el presente juicio, con el propósito de mantener el patrimonio de Crédito Real
Ahora bien, los movimientos legales impulsados por uno de los principales accionistas de Crédito Real, podrían darle tiempo para negociar con sus acreedores; además de general que los tenedores de bono que recientemente demandaron tengan que acudir a México para llevar el proceso con las leyes nacionales.
Las acciones impulsadas por los bancos ante juzgados del orden común en la Ciudad de México buscan asegurar cuentas bancarias y derechos fideicomisarios de la compañía, de acuerdo con un comunicado publicado por Crédito Real en la Bolsa Mexicana de Valores.
Estas serían, hasta el momento, las únicas acciones legales de importancia de las que tiene conocimiento Crédito Real.
Los bancos actualmente están imposibilitados a asegurar activos de Crédito Real, luego de que un juez dictara medidas cautelares en favor de la prestamista.
Ahora bien, el documento emitido por el tribunal civil de la Ciudad de México establece 16 suspensiones en favor de Crédito Real, entre ellas, prohíbe a 14 instituciones financieras como Banco Santander México, BBVA México, Banca Mifel y Banco Ve por Más; retener, disponer compensar y/o utilizar os recursos que comprende las cantidades derivadas de los contratos celebrados con la financiera no bancaria.
“Se prohíbe (…) mantenga cuentas bancarias, fideicomisarias, tarjeta de crédito y/o débito aperturadas, de transferir, disponer, retener, compensar y/o utilizar los recursos que se encuentren administrados en dichas cuentas o sean parte del patrimonio”, menciona el documento.
Por ello, el juez solicitó a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores información, a través del Sistema de Atención de Requerimientos de Autoridades (SIARA), a las instituciones de crédito para dar cumplimiento a la medida.
La sentencia dictada el 14 de julio donde se declaró al crédito Real en disolución y la puesta en liquidación, surtirá efecto hasta el 1 de agosto. Lo anterior por la entrada del periodo vacacional del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.