Una de las preguntas más frecuentes que recibimos en el despacho es la de: ¿Qué es deducible? Tanto para empresas como para personas físicas.
Primeramente es importante hacer referencia a que existe una diferencia entre las deducciones autorizadas y las deducciones personales.
Las deducciones personales son únicamente para las personas físicas, independientemente del régimen en el cual tributen; sin embargo éstas tienen un límite de 133,225.20 o el 15% del total de los ingresos y se limita a: a) Honorarios médicos, b) Gastos funerarios, c) Primas por seguros de gastos médicos, d) Intereses reales devengados, e) Donativos no onerosos, y; f) Transportación escolar de tus hijos o nietos.
Por otro lado, las deducciones autorizadas son para las personas físicas con actividad empresarial, dentro del Régimen de Incorporación Fiscal y para todas las Personas Morales, siempre y cuando:
a) Sean estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente (que venga dentro del objeto social de la empresa o sea la actividad de la persona física)
b)Registrados en la contabilidad
c) Que reúnan los requisitos del 29-A del Código Fiscal, y;
d) El más importante de todos. Todos los pagos que sean amparados por una factura y excedan de $2,000 se efectúen mediante transferencia electrónica de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente o cheque nominativo de la cuenta del contribuyente.
En ese sentido, si realizamos un pago de $3,000 pesos en efectivo, y solicitamos factura, esta NO SERA DEDUCIBLE, puesto que tiene que ser por cheque o transferencia.
Todas las operaciones abajo de $2,000 sí podrán ser realizadas en efectivo y deducibles.
Otro punto relevante es que, las transferencias deben de ser de cuentas del contribuyente, es decir, no se puede pagar con tarjetas, cheques o cuentas de personas físicas o empresas diferentes y solicitar una factura para otra empresa.
Finalmente, tratándose de la compra de combustibles para vehículos, el pago deberá de efectuarse SIEMPRE mediante transferencia electrónica de fondos o cheques, sin importar que no excedan de $2,000.