fbpx

Buzón Tributario, SCJN exige que la comunicación sea por varios medios.

Buzón Tributario, SCJN exige que la comunicación sea por varios medios.

Con la reforma fiscal de 2014, se implementó la figura del buzón tributario, mismo que sirve como medio de comunicación entre los contribuyentes y las autoridades federales. Así pues, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, determinó que la única manera para utilizar esta herramienta era a través de correos electrónicos.

Para dar cumplimiento a lo anterior, en la regla 2.2.7 de la Miscelánea Fiscal 2015 y 2016, la autoridad concede al contribuyente la posibilidad de ingresar “al menos una dirección de correo electrónico y máximo cinco”. El problema con esto es que en esta regla el correo electrónico es el único mecanismo de comunicación a los contribuyentes, lo que contradice la formulación del artículo 17 K del CFF.

Sin embargo, tomando en consideración la importancia de este instrumento, y que si la persona no revisaba su correo en 72 horas, las posibles multas o créditos que se notificarán por parte de la autoridad se tenían como definitivas. 

Por lo anterior, este caso llegó hasta la Suprema Corte en donde se determinó que es inconstitucional que el correo sea exclusivamente la forma de vínculo entre la autoridad y el contribuyente.

Finalmente, se concluyó que la autoridad también ofrecerá el número de teléfono móvil, para envío de mensajes cortos, como un medio de comunicación alternativo al correo electrónico en el envío de notificaciones relativas al buzón tributario. De tal manera que, ahora tendremos la posibilidad de recibir por medio de nuestro celular notificaciones del Servicio de Administración Tributaria.

Deja una respuesta