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A partir del 01 de enero del 2022, el complemento de nómina versión 1.2 se integra con la versión 4.0 del CFDI con la revisión. 

A partir del 01 de enero del 2022, el complemento de nómina versión 1.2 se integra con la versión 4.0 del CFDI con la revisión. 

Los principales cambios son que trae consigo esta reforma son:

  • Se homologa la forma de expresión del formato fecha conforme al Anexo 20 de los atributos Fecha Pago, Fecha Inicial Pago, Fecha Final Pago y Fecha Inicio Relación Laboral.
  • Se eliminan las validaciones de la versión y forma de pago.
  • Se incorporan las validaciones para la emisión del complemento con la versión 4.0 del CFDI, como Régimen Fiscal Receptor, Objeto, A Cuenta Terceros, Información Aduanera, Cuenta Predial, Complemento Concepto, Parte.
  • Así mismo como parte de la integración con el CFDI versión 4.0, se incorporan como requisitos obligatorios para la emisión del comprobante de nómina el RFC, nombre, régimen fiscal y código postal del domicilio fiscal del receptor.

Multas y Sanciones del CFDI 4.0

El SAT aplicará nuevas multas y sanciones por emitir de manera incorrecta los comprobantes fiscales o fuera del plazo a partir de 2022.

  • Los contribuyentes que emitan facturas incorrectamente podrán ser acreedores a una multa de 400 a 600 pesos por cada CFDI. Además, si el CFDI fue cancelado fuera del plazo, la multa será del 5 al 10 por ciento del monto por cada factura enviada.
  • Aquellas personas que cuenten con una factura emitida por un contribuyente que aparezca en la lista negra del SAT, serán sancionados con un monto que va del 55 al 75 por ciento del importe de cada factura.
  • Las personas que mantengan dos facturas tendrán que pagar los impuestos correspondientes a esas dos facturas, debido a que se supone obtuvieron ingresos dobles.
  • Los contribuyentes que expidan una factura sin los complementos correspondientes serán acreedores a una multa de 400 a 600 pesos por CFDI.
  • Si el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) incumple con las validaciones de los CFDI, se impondrá una multa de 10 a 20 pesos por cada comprobante emitido.
  • Se reformó el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF) para señalar que serán publicados en la lista gris o de incumplidos a los contribuyentes que no hayan subsanado en tiempo y forma las irregularidades que motivaron la cancelación temporal del CFDI.

Facilidades para cumplir con los CFDI 4.0: 

  • Periodo de convivencia: La entrada en vigor de la versión 4.0 del CFDI inicia el 1 de enero de 2022 de manera no obligatoria. Dicha obligatoriedad comenzará el 1 de mayo, lo que significa que existe un plazo de convivencia de 4 meses para adaptarse a la versión 4.0.
  • Prórroga Cancelación CFDI 4.0: Se extiende el periodo para poder cancelar facturas del ejercicio inmediato anterior. Las personas físicas podrán cancelar comprobantes del ejercicio inmediato anterior hasta el 30 de abril. Mientras las personas morales podrán cancelar comprobantes del ejercicio inmediato anterior hasta el 31 de marzo.

Ventajas de las modificaciones al CFDI 4.0:

  • Se busca robustecer el timbrado electrónico y los servicios agregados.
  • Para la autoridad tributaria, se incrementará la calidad de la información recibida por parte de los contribuyentes a través de sus CFDI emitidos.
  • Brindará un mayor control en la determinación de impuestos basados en el flujo de efectivo, como el IVA.
  • Facilitará las declaraciones sobre las transacciones que se realizan de manera diferida, ya que permitirá identificar la factura original de la cual proviene la operación.
  • Los contribuyentes se benefician al agilizar sus declaraciones con información pre llenada. Además, podrán recibir mejores servicios del SAT.

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