¿Qué son las partes relacionadas?
De acuerdo con el artículo 179 de la LISR, “se considera que dos o más personas son partes relacionadas, cuando una participa de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de la otra, o cuando una persona o grupo de personas participe directa o indirectamente en la administración, control o capital de dichas personas.”
Obligaciones en las operaciones con partes relacionadas
Las personas físicas y morales que realizan operaciones de partes relacionadas tienen obligaciones especiales que cumplir. Entre estas, los artículos 76 y 90 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) mencionan la obligación que tienen de determinar sus ingresos acumulables y sus deducciones autorizadas, considerando los precios y montos de contraprestaciones que se hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables. Es decir, que los precios de estas operaciones deberán efectuarse a valor de mercado, mejor conocidos como precios de transferencia.
El precio de transferencia se define como el precio que pactan dos empresas relacionadas para transferir bienes, servicios, o derechos. Este precio es relevante en el ámbito tributario cuando las entidades que pactan el precio tienen vínculos de propiedad o de administración entre sí, lo que podría ayudar a facilitar que la fijación del precio no se realice en las mismas condiciones que hubiesen sido utilizadas por entidades económicas con la que no mantengan vínculos.
Este estudio es el documento que permite a los contribuyentes comprobar, de acuerdo con la LISR, que los precios que se pactaron entre las partes relacionadas están a valores de mercado. Adicionalmente, ayuda a las empresas a ser más competitivas, donde se evalúa el precio de las transacciones entre estas partes y que se realice una transacción en condiciones justas. También se considera una herramienta de control para las autoridades fiscales y aseguran la equidad de las relaciones entre países multinacionales.
El Código Fiscal de la Federación (CFF) establece multas relacionadas con precios de transferencia por no contar con el estudio de precios de transferencia.
- No deducibilidad de operaciones con partes relacionadas o en su caso la presunción de ingresos.
- No declarar operaciones intercompañía, multa que asciende desde 55 a un 75% de las contribuciones omitidas.
- No declarar operaciones con partes relacionadas en el extranjero, multa que asciende de los $154,460 pesos en relación con la Declaración Informativa Múltiple (Anexo 9 de la DIM).
Métodos aplicables a las operaciones
Según las normas de la OCDE, existen cinco métodos utilizados para determinar los precios en las operaciones de bienes y servicios con partes relacionadas, las cuales son los siguientes:
- Método de precio comparable no controlado (CUP): El método más utilizado. Compara el precio de los bienes y servicios entre las empresas frente al precio de partes independientes.
- Método de costo adicionado: Compara la ganancia bruta con el margen de venta.
- Método del precio de reventa: Analiza el precio al que se compra y vende el bien o servicio.
- Método del margen neto de transacción: Compara el margen de beneficio neto entre una transacción intercompañía frente a un tercero.
- Método de distribución de utilidades: Determina la división de utilidades en una transacción entre las empresas.
Ejemplos de operaciones entre partes relacionadas
Algunas de las operaciones más comunes entre las partes relacionadas, son las siguientes:
- Moral – Física
Cuando existe una operación de arrendamiento entre una empresa y una persona física quien está a su vez es accionista de la misma persona moral, y pone en arrendamiento un bien inmueble a disposición de la persona moral, determinado un precio pactado, el cual debe ser justo y de mercado, siendo el estudio de precios de transferencia el soporte documental.
- Física – Moral
Cuando una persona física es accionista de una empresa y se pacta un financiamiento por parte del socio a la entidad, pactando un pago de interés periódico. Dicha operación debe ser sujeta a estudio de precios de transferencia, para efectos soportar la tasa de interés pactada entre las partes.
- Moral – Moral
Cuando dos empresas comparten socios de forma directa o indirecta y entre ellas comercializan inventario de producto terminado, donde el pago de este debe ser a valor de mercado como si fueran partes independientes.
- Extranjero
Un grupo de empresas empresarial mexicano tienen operaciones de importación de materia prima con una empresa del extranjero quien a su vez comparte socios con las empresas en México, dicha operación debe ser sujeta a estudio de precios.