La industria inmobiliaria en los últimos años ha crecido continuamente y debido al incremento poblacional, han evolucionado tanto que, hoy en día en más atractivo desarrollar un inmueble de manera vertical, que los cotos privados con amplios espacios recreativos, en la actualidad es muy común encontrarse con desarrollos en construcción por diferentes puntos de la ciudad, basta con realizar un recorrido por las zonas habitacionales para comprobarlo, esto se deriva debido a la demanda y el alto costo en la adquisición de terrenos dentro de la ciudad.
Si estás decidido a embarcarte en la construcción de tu casa o quizás en la construcción de un edificio para tu negocio, seguramente necesites saber qué aspectos importantes para cuidar cada aspecto, la labor de los trabajadores, el presupuesto, el diseño y, no menos importante, los aspectos administrativos.
Tener un contrato de por medio con los trabajadores evitará que haya roces o problemas, y te ayudará a cumplir con los tiempos y presupuestos establecidos. Es indispensable que la relación laboral entablada por las partes se formalice mediante un contrato individual de trabajo ya que en él se especificarán todos los trabajos que se van a realizar, y las condiciones en las que se harán, la remuneración económica y las obligaciones tanto del contratante como del contratado.
Es importante que sea lo más detallado posible para que no haya sorpresas más adelante, y tener un apoyo legal en caso de que suceda algún inconveniente.
Ahora bien, el contrato puede contener toda la información que las partes quieran incluir, pero debe contar con algunos puntos obligatorios:
- Datos de identificación: Nombre completo, cargo o posición de ambas partes, domicilio del contratado y domicilio donde se llevará a cabo el trabajo.
- Tiempo de ejecución: Es importante establecer la fecha de inicio y de terminación de la obra y, por lo tanto, del contrato.
- Precio de la obra: Aquí se debe establecer cuánto y cómo se les pagará a los trabajadores, y si este pago incluye materiales o alguna ayuda para transporte o comida.
- Obligaciones de las partes: Las responsabilidades a las que se comprometen ambas partes durante el tiempo de ejecución de la obra.
- Condiciones de trabajo: Días laborales, horarios, duración de las actividades, permisos y restricciones.
- Motivos de terminación: Casos y situaciones por las que el contrato puede ser cancelado, y bajo qué términos.
- Jurisdicción: Para que el contrato sea legal, es necesario especificar a qué leyes se sujetan ambas partes, que varían dependiendo de la ciudad y el estado donde se firma el contrato.
- Alta del Registro Patronal.
Además de estos aspectos, pueden añadirse todos los detalles que sean necesarios sobre cómo se debe realizar la obra, lo que está permitido, lo que no, y bajo qué circunstancias.
Tipos de contrato:
- Obra o tiempo determinado.
- Por temporada o tiempo indeterminado.
- En su caso, sujeto a prueba o capacitación inicial.
Ahora bien, la Ley Federal de Trabajo no contiene previsiones especiales respecto de los trabajos que realizan los subordinados involucrados en las obras de construcción, y en la práctica es recurrente que sus empleadores desconocen el tipo de contrato que pueden utilizar para formalizar los nexos con aquellos.
Asimismo, en el instrumento jurídico se deberá especificar que se trata de un contrato por obra determinada, si así es el caso, toda vez que, si se utiliza en el encabezado la leyenda “por tiempo determinado y para obra determinada”, o se requiere al trabajador para el desarrollo de tareas diferentes a las inherentes al trabajo concreto, se determinará que la naturaleza de la contratación es diversa, porque existe un desvío de lo que se persigue al signar un contrato por obra determinada.
De ahí que sea imprescindible que estos pactos entre las partes, sean claros en cuanto a la descripción de la obra y no utilicen expresiones imprecisas, porque esto puede generar que se consideren por tiempo indeterminado ante la carencia de objeto; por ende, se deberán precisar los datos básicos, tales como, el domicilio en el que se encuentra el inmueble, en que consiste la obra, si se van a construir un cierto número de departamentos, una escuela, un hospital o si se trata de una remodelación del inmueble.
Además, el Poder Judicial de la Federación mediante la resolución de título: CONSTRUCCIÓN, INDUSTRIA DE LA. CONTRATOS POR TIEMPO FIJO Y POR OBRA DETERMINADA, visible en el Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen LXVIII, Quinta Parte, p. 9, Materia Laboral, Tesis Aislada, Registro 274,329, dispuso que un contrato derivado de la industria de la construcción no tiene que ser forzosamente por tiempo fijo, puesto que puede celebrarse por tiempo indeterminado; por ejemplo, cuando una empresa constructora contrata a un trabajador para tenerlo indefinidamente a su disposición para la realización de diversas obras.
Esta postura es concordante con la realidad, ya que es viable que las empresas tengan entre su personal, colaboradores que por sus conocimientos, habilidades o experiencia sean una pieza importante para los procesos corporativos o tengan tareas que les den el carácter de confianza (art. 9o., LFT).
Cabe mencionar que, se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que prestan servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación, siempre y cuando el prestador del servicio proporcione la mano de obra y materiales. Los servicios mencionados deberán prestarse en la obra en construcción al propietario del inmueble, quien deberá ser titular del permiso, licencia o autorización de la construcción de la vivienda correspondiente.
Como siempre, el personal experto de COEL ABOGADOS está a sus órdenes para cuidarse al contratar personal para la construcción de casa-habitación.